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lunes, 8 de febrero de 2016

Isaac Humala no puede postular como candidato a la vicepresidencia según el JNE


l pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundada la apelación del partido Siempre Unidos contra la resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 que declaraba improcedente la candidatura de Isaac Humala.
 
El padre del mandatario no podría participar como candidato a segundo vicepresidente debido al artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones.
 
Esta manifiesta expresamente que los familiares del presidente de la República, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, no pueden postular a los cargos de Presidente y Vicepresidente.
 
El Supremo Tribunal Electoral, en su Resolución N.° 054-2016-JNE, concluyó que este impedimento electoral se encuentra enmarcada en las reglas electorales de la Constitución.
 
Además señala que la prohibición sigue una larga tradición constitucional histórica a favor de la igualdad y en contra del nepotismo.
 
Por su parte el presidente del JNE, Francisco Távara, rechazó haber dicho antes que un pariente del Presidente de la República puede postular a dicho cargo y explicó que esta era solo una descripción objetiva de la Constitución.
 
"Este caso en concreto me permite exponer por primer vez mi posición como magistrado electoral en este asunto"- Francisco Távara. Presidente del JNE.
 
Finalmente, el magistrado dijo que las leyes de desarrollo constitucional, como la Ley Orgánica de Elecciones, "pueden incluir previsiones sobre el particular" siempre y cuando "no desnaturalicen el contenido del derecho".

LA REPUBLICA

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