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domingo, 27 de marzo de 2016

LO QUE SALIO PUBLICADO EN LA REVISTA REGIONAL ENTÉRESE SOBRE COCACHACRA


Aprueban la Directiva N° 001-2016-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos - MPP”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 052-2016-SERVIR-PE

Lima, 21 de marzo de 2016
Vistos, los Informes Nº 019-2016 y 022-2016-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;
Que, mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se aprobó un nuevo régimen del Servicio Civil, con la finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía;

Modifican la Resolución de Superintendencia N° 191-2005/SUNAT que estableció el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 085-2016/SUNAT

Lima, 23 de marzo de 2016
CONSIDERANDO:
Que en uso de las facultades otorgadas a la SUNAT por el artículo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF y norma modificatoria, se estableció, mediante Resolución de Superintendencia N° 191-2005/SUNAT, el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes (Registro);

Aprueban Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado

DECRETO SUPREMO
Nº 350-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado se establecen las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de contrataciones de bienes, servicios, consultorías y obras que realicen;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley, dispone que el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado es aprobado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Aprueban Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado

DECRETO SUPREMO
Nº 350-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado se establecen las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de contrataciones de bienes, servicios, consultorías y obras que realicen;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley, dispone que el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado es aprobado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Aprueban Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado

DECRETO SUPREMO
Nº 350-2015-EF

Aprueban Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado

DECRETO SUPREMO

Nº 350-2015-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado se establecen las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de contrataciones de bienes, servicios, consultorías y obras que realicen;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley, dispone que el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado es aprobado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Aprueban el Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1195

DECRETO SUPREMO

Nº 003-2016-PRODUCE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de la Producción conforme con su Ley de Organización y Funciones aprobada por Decreto Legislativo Nº 1047 y modificatorias concordada con su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas. Es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados. Es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción;

Aprueban Modelos Operacionales del Programa Presupuestal 0039 Mejora de la Sanidad Animal para el ejercicio fiscal 2017, para producto y actividad que pueden ser ejecutados por los Gobiernos Regionales y Locales

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 0056-2016-MINAGRI-SENASA

15 de marzo de 2016
VISTO:
El Informe-0008-2016-MINAGRI-SENASA-OPDI-UPP-LESCURRA, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Título V del Decreto Ley N° 25902, crea al Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, como organismo público del Ministerio de Agricultura, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa, económica y financiera, constituyendo pliego presupuestal;
Que, mediante Resolución Directoral N° 021–2015-EF/50.01, se aprueba la Directiva N° 003-2015-EF/50.01 “Directiva para los Programas Presupuestales en el Marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017”, el cual establece en el artículo 10° que dado que un PP es diseñado tomando como punto de partida un Resultado Específico, las actividades y los productos de un PP pueden ser ejecutados tanto por entidades del Gobierno Nacional como por los Gobiernos Regionales y Locales en el marco de sus competencias. En estos casos, el responsable de la elaboración y remisión del Anexo N° 2 “Contenidos mínimos de un Programa Presupuestal” es el Gobierno Nacional.

LEY Nº 30414


EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 28094,
LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS
Artículo 1. Modificación del título de la Ley 28094
Modifícase el título de la Ley 28094, Ley de Partidos Políticos, por el de “Ley de Organizaciones Políticas”.
Artículo 2. Modificación de los artículos 2, literal e); 5; 6; 13; 15; 17; 18, y 24; y de la tercera disposición transitoria de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas
Modifícanse los artículos 2, literal e); 5; 6; 13; 15; 17; 18, y 24; y la tercera disposición transitoria de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con los siguientes textos:

Aprueban “Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016”

 RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 075-2016-MINEDU

Lima, 10 de febrero de 2016
VISTOS:
El Oficio N° 0655-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED, Informe Nº 004-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM, Informe Nº 144-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ; y, el Informe N° 107-2016-MINEDU-SG-OGAJ;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; asimismo, el literal i) del artículo 80 de la citada Ley, establece que es función del Ministerio de Educación, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa;

Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI


DECRETO SUPREMO

Nº 003-2016-MINAGRI

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, denominación que fue modificada a Ministerio de Agricultura y Riego por la Ley N° 30048, Ley que modifica el Decreto Legislativo 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura;
Que, por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Minserio de Agricultura y Riego - MINAGRI, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2015-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Agricultura y Riego, que contiene la estructura y funciones de los órganos y unidades orgánicas que lo conforman, los Programas y Proyectos Especiales que forman parte del Ministerio y los organismos públicos adscritos a este;