Respuesta
Los regidores si pueden fiscalizar las obras.
Explicación
Tres son las funciones principales de los regidores: la representación política, la producción normativa y la fiscalización. Como parte del ejercicio de sus funciones fiscalizadoras, los regidores tienen la atribución de ir a las obras para observar el estado de avance y la manera en que se viene ejecutando, tomando nota de las ocurrencias. Para ello, pueden hacerlo en grupos de regidores o también acompañados de los vecinos y del comité de vigilancia del presupuesto participativo.También tienen la atribución de solicitar documentos para efectos de fiscalización, pero esta solicitud debe ser canalizada a través del concejo municipal que es el órgano responsable de autorizarlo. Entre las solicitudes de información que para efectos de fiscalización pueden solicitar figuran el proyecto de inversión pública, el expediente técnico, cronograma de obras, controles de calidad y todo aquello que sirva para un mejor desempeño de sus funciones. El expediente técnico, por ejemplo, resultará útil para saber si la obra se está ejecutando de acuerdo a las especificaciones técnicas; y el cronograma de obras para saber si la ejecución se hace en los plazos establecidos.
Base legal
Numerales 22 y 33 del artículo 9 y numeral 5 del artículo de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972
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